CONSUMUR denuncia a MSC Cruceros y Costa Cruceros por obligar a los pasajeros a abonar una propina al personal

La organización lleva años denunciando la ilegalidad de esta práctica, que se disfraza como “cuota de servicio”

La Asociación de Consumidores y Usuarios en Red, CONSUMUR, ha denunciado ante el Ministerio de Consumo a las navieras MSC Cruises, S.A (MSC Cruceros) y Costa Crociere, S.p.A (Costa Cruceros) por incluir en el precio que se cobra a los usuarios una “cuota de servicio de hotel obligatoria”, en el caso de MSC Cruceros, y “cuota de servicio”, en el caso de Costa Cruceros. En ambos casos se trata de conceptos que encubren el término propina, tradicional en este sector, y que en todo caso tendría carácter opcional.

La organización exige así que se adopten las medidas necesarias para el cese inmediato de esta práctica abusiva y recurrente en el sector.

Las navieras justifican este cargo, de carácter obligatorio en el momento de la contratación, y cuya tarifa oscila entre los 10 y 18 euros por persona y noche, para garantizar un adecuado servicio por parte del personal que atenderá a bordo. Concretamente, dicen en sus páginas webs:

En MSC Cruceros, nuestro principal objetivo es garantizarte un servicio excepcional. Durante unas vacaciones en MSC Cruceros, nuestros pasajeros se encuentran con personal de todo el barco que les brinda un servicio excelente, con el apoyo de un equipo que trabaja intensamente entre bastidores.

Para garantizarte una experiencia inolvidable a partir del 12 de diciembre de 2022 (para todas las reservas nuevas en salidas de invierno 2021-22 en adelante), la Cuota de Servicio de Hotel se ha vuelto obligatoria y está incluida en el precio total. No se aplica a niños menores de 2 años en el momento del embarque del crucero y las tarifas son por persona y día”.

Por su parte, Costa Cruceros indica: la Cuota de Servicio forma parte del precio y es un pago obligatorio que se cobra por el uso de los servicios de hotel a bordo y se carga automáticamente en la cuenta de cada huésped, excepto para los niños menores de 4 años. Este cargo reconoce el esfuerzo de la amplia variedad de tripulantes de diversos departamentos que contribuyen a la experiencia de todos nuestros huéspedes. Esto nos permite garantizar que nuestros huéspedes siempre reciban comodidades y servicios que cumplen con los más altos estándares de calidad”.

CONSUMUR se muestra contraria a la imposición de este cargo, dado que a la hora de contratar un crucero ya se ha de incluir en su coste el servicio que se nos prestará y se ha de entender que ha de ser satisfactorio, independiente del pago de propinas, que en todo caso es una cantidad de dinero extra que el cliente decide libre y voluntariamente dar a los trabajadores a modo de gratificación.

La organización recuerda que se está vulnerando el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). En concreto, en su artículo 89, se indica:

«tienen la consideración de cláusulas abusivas (…) la imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados», y añade: «los incrementos de precio por servicios accesorios, financiación, aplazamientos, recargos, indemnización o penalizaciones que no correspondan a prestaciones adicionales susceptibles de ser aceptados o rechazados en cada caso expresados con la debida claridad o separación”.

CONSUMUR insta a las personas que se hayan visto afectadas que conserven la documentación acreditativa del cobro este recargo, así como la publicidad y contrato y soliciten la devolución de ese importe. La organización pone a disposición de todos los consumidores y usuarios que quieran unirse a la entidad, su servicio de asesoramiento jurídico y tramitación de reclamaciones.

Puede contactar a través del Teléfono de Atención al Consumidor: 968 22 30 82 /WhatsApp 638 232 955, a través de la web www.consumur.org, o acudir presencialmente (C/Torre de Romo, 74 bajo, 30011, de Murcia).

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