La compañía telefónica alegaba que sólo se había solicitado el cambio de compañía de una de las líneas, en contra de lo manifestado por la reclamante, que insistió en varias ocasiones en la cancelación de todos los servicios
LaAsociación de Consumidores y Usuarios en Red, CONSUMUR, muestra su satisfacción por la resolución adoptada finalmente por la Junta Arbitral de Consumo de la Región de Murcia, a un expediente de una asociada de la organización.
A punto de cumplirse un año del inicio de la controversia, la compañía Telefónica Móviles España, S.A.U (MOVISTAR) se ha visto obligada a cancelar una deuda de 144,47 euros, que venía reclamándole a una socia de la organización, correspondiente a la facturación a la facturación durante dos meses de servicios ya cancelados.
La reclamante, Purificación Riquelme, en el mes de octubre de 2025, acude a CONSUMUR para solicitar el asesoramiento del Área de los Servicios Jurídicos, habiendo previamente intentado en muchas ocasiones poder solucionar el problema directamente con la compañía telefónica, sin éxito alguno.
La controversia surgió cuando la reclamante, en julio de 2025, solicita la portabilidad a otra compañía telefónica. En ese momento solicitó la cancelación de todos los servicios que venían siendo prestados por Movistar, entendiendo Purificación que estaba debidamente tramitada la baja, prueba de ello es que ya no disponía de acceso a la aplicación móvil.
Su sorpresa vino cuando al siguiente mes, recibe una factura por los servicios de internet y línea fija, la reclamante contacta con la compañía y aparentemente soluciona el problema, incluso le hacen un abono. No obstante, al siguiente mes, vuelven a facturarle. La reclamante vuelve a insistir y tramitan “de nuevo” la baja, siendo esta última fecha la única válida para la compañía, que alega en todo momento que la facturación es correcta.
Dado que Purificación no abonó esas facturas, por no estar de acuerdo con las mismas ya que correspondían a servicios que estaban siendo prestados por otra compañía, Movistar procedió al envío de mensajes recordando la deuda, que ascendía a 144,47 euros.
Esta situación sobrepasaba a la reclamante que se veía incapaz de poder solucionarla vía amistosa.
Desde el Área de los Servicios Jurídicos de CONSUMUR se contactó con la compañía telefónica, manteniéndose ésta en la facturación correcta y negando que la baja de los servicios se hubiera producido cuando indicaba la reclamante.
Posteriormente, el expediente fue derivado a la Junta Arbitral de Consumo de la Región de Murcia que, tras analizar los hechos y solicitar a Movistar que acreditara que la baja se había producido en la fecha que la compañía defendía, y no hacerlo, dieron la razón a Purificación, obligando a Movistar a la cancelación de la deuda.
CONSUMUR muestra su satisfacción por esta resolución y recuerda que estos casos son muy frecuentes entre las reclamaciones de los consumidores en el sector de las compañías telefónicas.
La organización insta a los consumidores y usuarios que se hayan visto afectados por situaciones como la descrita u otras en las que se hayan vulnerado sus derechos, a que se unan a Consumur e interpongan la correspondiente reclamación. Para ello, pone a su disposición su Teléfono de Atención al Consumidor y Usuario 968 22 30 82, así como su portal web www.consumur.org.
